La contaminación es una de las problemáticas medioambientales que más preocupan en el mundo. Por este motivo, son muchas las medidas que se aplican en las grandes ciudades. Una de ellas es el uso de un distintivo ambiental en vehículos para regular los niveles de CO2. De hecho, desde el 24 de abril de este año es obligatorio en la comunidad de Madrid.
A continuación te contamos en que consisten estas etiquetas y qué tipos hay. También qué vehículos deben usarlas y qué sanciones se aplican. Si estás interesado en proteger el medio ambiente, echa un vistazo a nuestro Máster en Derecho Medioambiental.
¿Por qué es obligatorio usar un distintivo ambiental?
Cuando los niveles de contaminación de las grandes ciudades llegan a su límite, es necesario tomar medidas. Por ello, desde el 24 de abril de este año, la comunidad de Madrid ha establecido una norma que afecta a todos los vehículos de la capital. Consiste en la obligatoriedad de llevar el distintivo ambiental de la Dirección General de Trafico (DGT).
El Protocolo Anticontaminación hace uso de la catalogación de la DGT para limitar el acceso de vehículos a la capital española. Esta selección se hace a partir del tipo de combustible y el año de matriculación. Así pues, esta restricción se aplica en todos los coches salvo a los de gasolina matriculados antes del 2000. En el caso de los diésel, no se aplica a los matriculados anteriormente a 2006. En motos y motocicletas es obligatorio a partir de las matriculadas en 2003.
Al igual que en otras capitales, estas etiquetas ambientales permiten clasificar los vehículos que pueden acceder a ellas en días críticos de contaminación. Es un tipo de discriminación positiva para los automóviles menos contaminantes y a la vez que se mejora la calidad del aire.
Tipos de etiquetas ambientales
En España, estos distintivos pueden obtenerse en la oficina de Correos. Por ello deberás facilitar la matrícula o el permiso de circulación y pagar una pequeña cantidad de dinero. A cambio, te entregarán una pegatina indicando la eficiencia energética de tu vehículo.
A continuación te explicamos las cuatro etiquetas de la DGT:
- Cero emisiones. El distintivo es de color azul. Deben utilizarlo los ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas. También los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías. Todos ello siempre que sean eléctricos e híbridos enchufables.
- ECO. La etiqueta es mitad verde y mitad azul. Tienen que llevarlo los vehículos híbridos no enchufables de cuatro o más ruedas.
- ‘C’. Esta pegatina es de color verde. Deben llevarlo los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006. Si es diésel, a partir del 2014. En caso de vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, ya sean de gasolina o diésel, deben tenerla los matriculados a partir de 2014.
- ‘B’. De color amarillo, deben llevarla los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000. Si son de diésel, los matriculados a partir de enero de 2006. Los vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, ya sean de gasolina o diésel, los matriculados a partir de 2005.
La etiqueta ambiental correspondiente debe ir pegada en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. En el caso de las motos, debe ir en una zona visible. No llevar el distintivo supone una sanción leve.