Saltar al contenido
comercial@escuelacienciasjuridicas.com
636 736 532
comercial@escuelacienciasjuridicas.com
0,00€ Carrito
cropped-escuela-ciencias-juridicas-logo.png
Buscar
910 052 681
  • INICIO
  • CURSOS
  • CAMPUS
  • EMPLEO Y ESTANCIAS FORMATIVAS
  • CONÓCENOS
    • EQUIPO
    • SISTEMA DE ESTUDIO
    • OPINIONES
  • BLOG
Menú
  • INICIO
  • CURSOS
  • CAMPUS
  • EMPLEO Y ESTANCIAS FORMATIVAS
  • CONÓCENOS
    • EQUIPO
    • SISTEMA DE ESTUDIO
    • OPINIONES
  • BLOG

5 derechos del trabajador que no conocías

  • febrero 12, 2019

Todos sabemos algunas cosas básicas sobre la regulación del trabajo en España. Por ejemplo, tenemos (por lo menos) una ligera idea de qué es un contrato laboral y de los tipos que existen actualmente. O de que una “jornada completa” se traduce en 40 horas semanales. Sin embargo, los derechos del trabajador en nuestro país reconocen muchas más cosas. Y muchas veces no somos conscientes de ellas, bien porque no tenemos los conocimientos. Bien porque nunca llegamos a leernos los convenios colectivos o el Estatuto de los Trabajadores. Si quieres convertirte en mediador laboral, echa un vistazo al Máster en Mediación Laboral.

Sigue leyendo porque te contamos los cinco derechos del trabajador que no conocías.

Descubre algunos derechos del trabajador que seguro que no conocías

Hoy, para que no os olvidéis de ninguna de ellas, os dejamos un repaso a los puntos interesantes des este ámbito del derecho. ¿Os los perderéis? ¡Vamos allá!

Índice de contenidos

  • Derecho laboral: ¿qué es?
  • Cinco derechos del trabajador que no conocías
    • Derecho a cobrar la nómina puntualmente
    • Pausa para el desayuno
    • Enfermedad en vacaciones, ¿problemas?
    • Derecho a la desconexión
    • Seguir formándose profesionalmente
  • Obligaciones del trabajador

Derecho laboral: ¿qué es?

Antes de ver algunos derechos de los empleados que seguro que no te suenan, déjanos explicarte qué es el derecho laboral. Se trata de una rama del derecho que regula y pone normas jurídicas sobre e trabajo humano libre y a cambio de una compensación.

 Tradicionalmente, el derecho del trabajo se puede subdividir en partes. Por ejemplo, el derecho individual y el derecho colectivo del trabajo forman parte del derecho laboral. Asimismo ocurre con el derecho de seguridad social y el procesal laboral. 

Cinco derechos del trabajador que no conocías

Como ya os anticipamos anteriormente, os explicamos a continuación algunos de los derechos laborales existen en nuestro país.

  • Derecho a cobrar la nómina puntualmente

Un hecho que no ocurre siempre. Si somos empleados o asalariados, no es raro no recibir la nómina el día en el que la esperamos. Sin embargo, las regulaciones en este sentido apuntan a todo lo contrario. Asimismo, también tenemos derecho a pedir un anticipo de la misma. El ‘adelanto’ en sí, por otro lado, suele depender del convenio colectivo o de los días ya trabajados.

  • Pausa para el desayuno

Entre los derechos de los trabajadores también se encuentra esta pequeña pausa para el café o el desayuno. Eso sí, siempre que la jornada laboral sea superior a las 6 horas. Si es de este tiempo, el empleado tendrá un mínimo de 15 minutos.

Las cifras cambian también si hablamos de un empleado menor a 18 años. En este caso, el mínimo de horas de la jornada laboral es de 4,5 con un descanso mínimo de 30 minutos.

  • Enfermedad en vacaciones, ¿problemas?

Es mala suerte, pero seguro que muchos de nosotros sabemos de algún caso o incluso nos ha ocurrido a nosotros mismos. Nos llegan las esperadas vacaciones y, ¡pam!, aparece la maldita gripe o la típica gastroenteritis. Tranquilidad, no pasa nada. Nuestra regulación recoge que el trabajador, siempre que obtenga la baja laboral, no pierde las anisadas vacaciones. Es decir en España tenemos el derecho de “suspender” y “aplazar” nuestras vacaciones hasta superar la enfermedad que nos las ha truncado.

  • Derecho a la desconexión

Aunque no está explícitamente regulado por ley, se está buscando cómo adaptarlo. Sí, se prevé que a la mayor brevedad dejaremos de recibir WhatsApps, emails o llamadas del trabajo fuera de nuestro horario laboral. Algunas de las empresas pioneras son Ikea, AXA o Banco Santander.

  • Seguir formándose profesionalmente

El empleado que acumula más de un año de experiencia en una empresa tiene derecho a seguir formándose en el ámbito. Por ello, se reconoce que cada año de trabajo contempla 20 horas de formación. Además, estas pueden acumularse hasta los 5 años. Eso sí, la formación debe estar relacionada con el empleo. Es decir, por ejemplo, un panadero no podrá estudiar algo de arquitectura.

Obligaciones del trabajador

A pesar de haber hablado de los derechos del trabajador, también es importante recordar las obligaciones del trabajador. Por su parte, estas también están contempladas por las normativas, regulaciones y leyes en nuestro país.

Por ejemplo, es una obligación cumplir con las órdenes de la persona a la que están subordinados. También se considera una obligación del empleado el cumplimiento estricto de las medidas de seguridad adoptadas. Asimismo, el empleado está obligado a contribuir a mejorar la productividad.

Para destacar otra obligación, cabe recordar un punto: actuar de buena fe. Es decir, todos los actos que realice el trabajador deben ser en pro de la mejora empresarial y de su productividad.

En conclusión, nuestra regulación protege tanto al trabajador o empleado como al empleador. Y contempla el cumplimiento tanto de las obligaciones como el respeto a los derechos del trabajador.

COMPARTE ESTE POST
AntANTERIORAsesoría laboral: qué es y para qué sirve
SIGUIENTEMobbing: el acoso moral en el trabajoSiguiente
Solicita más información
  • INENKA FORMACIÓN DE POSTGRADO, S.L., CIF: B25842592 Domicilio: C/ Domènech Cardenal, 2, Oficina 1º4º, 25230 Mollerussa.
    Finalidad del Tratamiento: Tratamos la información que nos facilita con el fin de enviarle correos electrónicos de tipo comercial relacionado con los productos ofrecidos y otros tipo de productos que fueran de su interés.
    Legitimación del tratamiento: Consentimiento del interesado.
    Derechos: Puede ejercitar sus derechos identificándose suficientemente, dirigiéndose a la dirección comercial@escuelacienciasjuridicas.com.
    Para más información consulte nuestra Política de Privacidad.
    Desea recibir información comercial (vía telefónica y/o email):
  • Desea recibir información comercial sobre nuestros productos por parte de otras empresas que forman nuestro grupo
  • Autorizo que mi correo electrónico sea compartido con colaboradores externos para generar audiencias (esto no implica recibir más correos electrónicos)
  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
escuela de ciencias jurídicas
Calle Domenech Cardenal, 2 Oficina 1.4
25230, Mollerussa. Lleida (España)
Calle Velázquez 10, 1ª planta
28001, Madrid (España)

910 052 681

+34 636 736 532
matricula@escuelacienciasjuridicas.com comercial@escuelacienciasjuridicas.com

Trabajamos con Aplazame

Información legal

Mapa del sitio

Tablón de anuncios

Facebook-f Instagram Linkedin-in Youtube