La campaña de la Renta 2022 está a la vuelta de la esquina y seguramente, si no tienes experiencia en el ámbito laboral, te preguntes: ¿es obligatoria la declaración de la renta? Pues la verdad es que la respuesta depende de diversos factores, empezando por si se llega o se supera el umbral anual de 22.000 euros marcado por la Agencia Tributaria.
De esta manera, hoy vamos a explicarte, ya sea por interés personal y/o profesional, qué es exactamente la declaración de la renta, qué personas están obligadas a presentarla y cómo interpretar su resultado. Recuerda que la campaña de la Renta 2022 inicia el 11 de abril de 2023 y termina el 30 de junio de 2023. ¡Comencemos!
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¿Qué es la declaración de la renta?
La declaración de la renta o del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un trámite, en principio, de obligación fiscal que se realiza anualmente. Su razón es regularizar la situación de los españoles con la Agencia Tributaria. Ahora bien, no todas las personas tienen que hacerla, ya que todo depende de las rentas obtenidas durante el año.
En definitiva, y con otras palabras, la declaración de la renta es un documento que permite a las autoridades tributarias conocer cuánto dinero ha ganado una persona y cuánto debe contribuir al sistema fiscal español.
¿Para quién es obligatoria la declaración de la renta?
La obligatoriedad de presentar la declaración de la renta va sujeta a las normas de cada país y a sus leyes fiscales. Generalmente se establecen unos límites de ingresos o patrimonio que determinan si la persona está obligada (o no) a presentarla.
Veamos quiénes están obligados, en España y este 2023, a declarar su renta:
Trabajadores
Si se trata de un/a trabajador/a por cuenta ajena y sus ingresos superan el umbral de 22.000 euros anuales, tendrá la obligación de presentar la declaración de la renta. En algunos países, las empresas presentan una declaración informativa para sus empleados, pero eso no significa que el/a trabajador/a esté exento/a de presentar su propia declaración si está obligado/a.
En el caso de los autónomos, estos deberán presentar su declaración de la renta aquellos que hayan obtenido un rendimiento neto igual o superior a 1.000 euros.
Pensionistas
Los/as pensionistas tendrán la obligación de realizar la declaración de la renta únicamente si reciben ingresos procedentes de prestaciones pasivas de dos o más pagadores. Por lo tanto, estarán exentos de hacer la declaración de la renta aquellos jubilados que no superen los 22.000 euros de ingresos con su pensión ni los 14000 euros con más de dos pagadores cuando el segundo y los posteriores hayan abonado más de 1.500 euros.
Diferentes pagadores
La norma general dicta que, en caso de que la persona haya recibido ingresos por parte de varios pagadores, el importe mínimo para hacer la declaración de la renta es a partir de 14.000 euros si se ha cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador o de la suma de varios pagadores (incluido el primero).
Sin embargo, existen algunas exclusiones, como el caso de pensiones compensatorias del cónyuge o por alimentación, entre otros.
Otros casos
Aparte de lo mencionado anteriormente, hay otros casos más específicos en los que la declaración de la renta es obligatoria:
- Si la persona tiene rendimientos íntegros del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sometidas a retención que superen los 1.600 euros anuales.
- Si se obtiene más de 1.000 euros entre las rentas inmobiliarias imputadas, subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial, rendimientos de letras del tesoro y otros títulos de deuda pública.
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Diferencia entre “a devolver” y “a ingresar” en la declaración de la renta
Cabe destacar que nunca está de menos solicitar el borrador de la declaración de la renta para decidir si presentarla o no, siempre y cuando no sea obligatorio hacerlo. Así pues, una vez hecho el borrador, se mostrará el resultado: a devolver o a ingresar. Veamos la diferencia:
- “A devolver”: significa que la parte contribuyente tiene derecho a recibir una cantidad de dinero de la Agencia Tributaria. Esto ocurre cuando la persona en cuestión ha pagado más impuestos de los que le correspondían durante el año fiscal.
- “A ingresar”: por el contrario, significa que la parte contribuyente debe pagar una cantidad de dinero a la Agencia Tributaria, ya que no ha pagado suficientes impuestos y tiene un saldo pendiente con la Agencia.
Estos resultados dependerán de la situación fiscal de cada persona, incluyendo sus ingresos, deducciones, retenciones y otros factores relevantes. Sin duda, asesorarse o dejar la declaración de la renta en manos de un gestor o especialista en derecho tributario será la apuesta más segura para hacer este trámite correctamente.